Reducciones fiscales para personas con discapacidad

| por José Antonio Morena Pardo

Las familias que tienen un miembro de su unidad familiar con discapacidad suelen gastar hasta un 50% más para cubrir sus necesidades que el resto, por este motivo la Agencia Tributaria establece unos parámetros de compensación para las personas con discapacidad. En primer lugar tenemos que saber que en España hay un cierto número de prestaciones o rendimientos económicos que no tributan en el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Estos son: - Prestaciones económicas de la Seguridad Social por Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez. - Prestaciones familiares reguladas, así como las pensiones o haberes pasivos a favor de nietos o hermanos incapacitados. - Ayudas económicas otorgadas a personas que acogen a alguien con discapacidad. - Ayudas para financiar la estancia en centros de día o residencias. Otro factor que tenemos que tener en cuenta es que las personas con discapacidad, en función del grado que tenga, podrán reducirse una determinada cantidad de dinero a la hora de calcular su IRPF (oscila entre los 4.080 y los 2.652€ anuales en los rendimientos del trabajo). Además, los trabajadores activos tendrán derecho a una reducción de entre 3.264 y 7.242€, más un plus extra por movilidad geográfica. ¿Sabías que si compras una vivienda tienes derecho a una deducción por la adquisición de una vivienda habitual? Esta deducción tiene carácter estatal y autonómico, por lo que tendrás que consultar que tramo determina tu CCAA. Del mismo modo, si hay que hacer obra para la adecuación de la vivienda existe una deducción máxima de 12.080€. Si compramos un vehículo para alguien con sillas de ruedas o movilidad reducida tendremos derecho a la aplicación del IVA súper reducido del 4% frente al 21% del tipo general. Por último, si tienes una empresa y quieres contratar a una persona con discapacidad podrás recibir una subvención de 4.500€/año (discapacidad igual o superior al 33%) y de 5.100€ (discapacidad igual o superior al 65%) si el contrato es Indefinido y a Tiempo Completo. Además, la entidad tendrá derecho a una deducción de 6.000€ en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades y a 901,52€ si hay que adaptar la oficina para el puesto de trabajo.

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