¿Son deducibles las donaciones a fundaciones?

| por Fundación Juan XXIII

Las donaciones a fundaciones no son un gasto deducible como tal, pero sí pueden resultar en una deducción sobre el Impuesto de Sociedades (IS), en el caso de las empresas, o una deducción sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en el caso de donantes particulares. Con este beneficio fiscal, se pretende incentivar las donaciones a entidades solidarias.

También es importante saber que para poder disfrutar de la deducción, la entidad receptora de la donación debe aplicar el régimen fiscal establecido en la Ley 49/2002, como es el caso de FUNDACIÓN JUAN XXIII.

 

Deducciones por donaciones a fundaciones en particulares

Para los particulares, la desgravación sobre el IRPF es del 80% para los primeros 150 euros donados. Lo que exceda por encima de los primeros 150 € recibirá una deducción del 35%. 

Además, si continúas donando a las mismas instituciones durante tres años consecutivos (por un importe igual o superior) es posible una reducción del 40% al tercer año. 

 

Deducciones por donaciones a fundaciones en empresas

Respecto a las empresas, las donaciones a fundaciones dan derecho a una deducción sobre el Impuesto de Sociedades del 35% de lo donado. Si las donaciones se producen durante tres años consecutivos a la misma organización, por un importe igual o superior,  la deducción puede ser del 40% al tercer año.

No obstante, hay un límite del 10% de la base imponible. Así, si se realizan deducciones por encima de esta, se puede descontar de los períodos impositivos siguientes, hasta los 10 años.

 

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Donaciones a fundaciones y Ley General de Discapacidad

La Ley General de Discapacidad (LGD) establece que las empresas tienen la obligación de incluir en su nómina a empleados que presenten algún tipo de discapacidad, con un grado de esta igual o superior al 33%. La normativa se aplica a las empresas con 50 o más empleados, quienes deben reservar un 2% de sus puestos en plantilla para personas con discapacidad.

¿Sabes qué tienen que ver las donaciones con la LGD? Las donaciones son una de las Medidas Alternativas que permiten cumplir con la ley a aquellas empresas que, por una serie de razones establecidas, no pueden contratar a personas con discapacidad directamente en plantilla.

 

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Así, aunque la contratación directa es la forma más inclusiva y las más recomendable de cumplir con la LGD (y tiene muchísimas ventajas para la empresa), las donaciones a una entidad sin ánimo de lucro que trabaje por la inclusión laboral son una alternativa para las empresas que no encuentran personal con discapacidad o no pueden incorporarlo por razones económicas, técnicas, operativas o de producción.

Las empresas que recurren a donaciones a entidades que favorecen la inclusión laboral de las personas con discapacidad, como FUNDACIÓN JUAN XXIII, pueden cumplir con la LGD a la vez que se benefician de las deducciones fiscales sobre el Impuesto de Sociedades antes mencionadas.

Las donaciones de empresas a FUNDACIÓN JUAN XXIII favorecen el desarrollo de sus políticas de Responsabilidad Social Empresarial y aportan un valor social añadido que no solo transforma la imagen de la empresa: es capaz de cambiar vidas y dibujar cientos de sonrisas.

Además, todos nuestros patrocinadores acceden a una serie de prestaciones de valor añadido relacionadas con la divulgación del acuerdo, jornadas de sensibilización, convivencia y voluntariado, etc. Contáctanos y descubre todas las formas en las que puedes contribuir a construir un mundo mejor y más inclusivo.

 

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