¿Cómo se regula el derecho al trabajo de personas con discapacidad?

| por Fundación Juan XXIII

El derecho al trabajo de las personas con discapacidad, y la consecución de este, es uno de los retos que tenemos como sociedad. Y es que, a día de hoy, la tasa de desempleo de estas personas sigue siendo mayor a la de la población general, cuando no hay razones para ello (la tasa de desempleo se calcula sobre la población activa, que incluye únicamente a las personas que están en disposición de integrarse en el mercado de trabajo).

 

Nueva llamada a la acción

 

Para revertir esta desigualdad histórica y garantizar el derecho al trabajo de las personas con discapacidad, nuestro ordenamiento jurídico ha puesto en marcha una serie de medidas para incentivar la inclusión laboral, creando figuras como:

    • La reserva de empleo.

    • Los incentivos a la contratación.

    • La regulación del trabajo protegido desarrollado en Centros Especiales de Empleo. 

Por otro lado, la inclusión laboral se exige desde múltiples vertientes:

    • Desde entidades supranacionales, como la Carta Social Europea o Organización Internacional del Trabajo.

    • Desde la propia Constitución, que en su artículo 9 reclama la atención de los poderes públicos hacia los ciudadanos con mayores dificultades, velando por la igualdad efectiva, la remoción de los obstáculos que lo impidan y la facilitación de la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

    • Desde normativas específicas que se han ido aprobando a lo largo del tiempo.

Como decimos, hay muchas normativas que velan por la igualdad de oportunidades y por la inclusión laboral de las personas con discapacidad pero, sin duda, una de las más relevantes y que más impacto ha tenido es la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social (conocida habitualmente como LGD). 

A continuación, te explicamos más sobre esta normativa que implica la obligatoriedad para muchas empresas de incluir en sus plantillas a personas con discapacidad.

 

¿Y si una empresa no puede contratar a personas con discapacidad?

Reservar un 2% de los puestos de trabajo para personas con discapacidad es la forma preferente de cumplir con la LGD para las empresas, y la más inclusiva. 

No obstante, cuando existan, y así lo acredite la empresa, causas de carácter productivo, técnico, organizativo o económico que motiven la especial dificultad de la incorporación de trabajadores con discapacidad a la plantilla, se abre la posibilidad de que las empresas cumplan la ley mediante las llamadas medidas alternativas:

    • Contrato con un Centro Especial de Empleo o con un trabajador autónomo con discapacidad para el suministro de bienes o servicios.

    • Donación o acciones de patrocinio monetarias a entidades sin ánimo de lucro cuyo fin sea la formación profesional, inserción laboral o creación de empleo de personas con discapacidad.

    • Enclave laboral por medio de un contrato con un Centro Especial de Empleo, en el que un grupo de personas con discapacidad se desplazan a la empresa contratante para desarrollar allí actividades productivas.

En las medidas alternativas entra en juego un concepto que comentamos al principio: el empleo protegido desarrollado en Centros Especiales de Empleo (CEE). 

Esta es una de las figuras creadas en 1982 por la antigua Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) con el objetivo de favorecer la inclusión laboral de las personas con discapacidad. 

En FUNDACIÓN JUAN XXIII contamos con un CEE de Iniciativa Social. Además de crear empleo protegido, todos los beneficios de la actividad se reinvierten en la formación profesional, inserción laboral y en el apoyo a personas en situación de vulnerabilidad psicosocial.

 

Cumplir con derecho al trabajo de personas con discapacidad en una empresa

No es necesario que una empresa esté obligada a cumplir con la LGD (es decir, que tenga 50 o más empleados) para apostar por la contratación de personas con discapacidad. Todas las empresas, de todos los tamaños, pueden contratar a personas con discapacidad y así colaborar a que vean reconocido su derecho al trabajo.  

En FUNDACIÓN JUAN XXIII podemos ayudarte de diferentes formas, especialmente con nuestro servicio de asesoramiento y ayuda en el proceso de contratación de personas con discapacidad, para que puedas tener a los mejores talentos dentro de tu empresa.

También podemos ayudarte a cumplir la LGD con las diferentes medidas alternativas, como los enclaves laborales, contratos para compra de bienes o servicios o incluso por medio de donaciones que nos permitirán seguir realizando nuestra labor de inclusión social y laboral.

En definitiva, aunque hay diferentes formas de apoyar el derecho al trabajo de personas con discapacidad, todas ellas hacen del mundo un lugar más justo y más inclusivo para todas las personas.

 

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