Calculadora LGD: Cómo cumplir con la ley general de discapacidad
Calcular cuántos trabajadores con discapacidad deberías contratar o la cuantía que deberías aportar para cumplir con la Ley General de Discapacidad no siempre es tan fácil. Por eso, en este post te enseñamos cómo hacerlo.
¿A quién se aplica la Ley General de Discapacidad?
La Ley General de Discapacidad (también conocida como LGD o LISMI, por su antigua denominación) se aplica a empresas públicas y privadas, con 50 o más trabajadores. Si este es tu caso, debes cumplirla siempre.
Sin embargo, a la hora de contar los empleados de una empresa, suelen surgir algunas dudas: ¿Debo contar los temporales? ¿Y los que están a media jornada?
Para empezar, debes tomar como periodo de referencia los 12 meses inmediatamente anteriores y contar a todos los trabajadores, independientemente del tipo de relación laboral y del centro de trabajo desde el que desempeñen su labor. No obstante, no todos se cuentan igual:
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Cada trabajador indefinido contará como uno en cada uno de los meses que haya estado de alta. No importa si tiene jornada completa o parcial, o si ha estado ausente).
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Los empleados temporales, en cambio, se computan como un trabajador por cada 200 días trabajados. Si llevan más de un año trabajando, se computan como indefinidos.
Estas son algunas de las nociones que debes tener en cuenta si tu empresa está rondando la cifra de 50 empleados y no tienes claro si debe cumplir con la LGD o no.
Si tienes dudas y no quieres arriesgarte a incumplir la normativa, en FUNDACIÓN JUAN XXIII podemos encargarnos de asesorarte y hacer el cálculo por ti.
¿Cómo cumplir con la Ley General de Discapacidad?
La Ley General de Discapacidad establece que, si tu empresa tiene más de 50 trabajadores, tienes que reservar el 2% de tus puestos de trabajo para personas con discapacidad (con porcentaje de discapacidad igual o superior al 33%).
Por eso, lo primero que debes hacer es calcular cuántos trabajadores hay en tu empresa (a efectos de la LGD) y aplicar el porcentaje del 2%. Esos son los trabajadores con discapacidad con los que debes contar.
¿Y si salen decimales? En este caso, puedes redondear a la baja, eliminando los decimales.
Pongamos un ejemplo. Una empresa tiene 130 empleados. El 2% de 130 (130 x 0,02) es 2,6. Como se pueden eliminar los decimales, con 2 empleados con discapacidad es suficiente. Así, podemos concluir lo siguiente:
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En empresas de menos de 50 empleados: no hay obligación de contratar a ningún trabajador con discapacidad (aunque pueden hacerlo igualmente).
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En empresas de 50 a 99 empleados: deben contar con un trabajador con discapacidad en plantilla.
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En empresas de 100 a 149 empleados: deben contar con dos trabajadores en plantilla.
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En empresas de 150 a 199 empleados: deben contar con tres trabajadores con discapacidad.
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En la Fundación podemos ayudarte con el proceso de selección del personal.
No puedo contratar directamente a una persona con discapacidad: ¿Qué hago?
Las empresas de 50 o más empleados siempre deben cumplir con la LGD, pero pueden hacerlo de una forma alternativa (diferente a la contratación directa) en los siguientes casos:
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La demanda de empleo supera la oferta.
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Razones ETOP (económicas, técnicas, organizativas o productivas).
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Si tu empresa cumple alguna de estas dos premisas, debes solicitar un documento llamado Solicitud de Declaración de Excepcionalidad y de adopción de Medidas Alternativas ante los Servicios Públicos de Empleo. Una vez aprobada, podrás cumplir con la LGD mediante una o varias de estas medidas alternativas:
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Contrato con un Centro Especial de Empleo (una empresa de empleo protegido que fomenta la integración laboral) o con una persona autónoma con discapacidad para abastecer a la empresa de materias primas, bienes de equipo, maquinaria o cualquier otro producto necesario para su actividad normal.
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Contrato con un Centro Especial de Empleo para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa. Por ejemplo, para la celebración de eventos corporativos responsables u otras soluciones de Responsabilidad Social Corporativa.
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Enclave laboral. Un grupo de trabajadores con discapacidad del Centro Especial de Empleo acude de forma temporal al centro de trabajo.
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Donaciones o patrocinios a entidades sin ánimo de lucro que trabajen por la inclusión social y laboral de las personas con discapacidad, como FUNDACIÓN JUAN XXIII.
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Calcular la cuantía para cumplir la LGD con las medidas alternativas
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Para cumplir con la LGD mediante las tres primeras opciones, la normativa establece que la cuantía del contrato debe ser de 3 veces el IPREM (en 12 pagas) por cada persona con discapacidad que correspondería contratar. Así, una empresa con 55 empleados, a la que le correspondería contratar a una persona con discapacidad, debe establecer un contrato con un CEE por valor de 3 x 1 x 6.778,80 (IPREM de 2021) = 20.336,4 euros.
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Para cumplir con la LGD mediante donaciones, la cuantía donada debe ser debe ser de 1,5 veces el IPREM (también en 12 pagas) por cada persona con discapacidad que correspondería contratar.
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En FUNDACIÓN JUAN XXIII tenemos especialistas que pueden asesorarte sobre los pasos que debes seguir para poder cumplir con la LGD, mediante contratación directa o cualquiera de las medidas alternativas. Ya hemos tramitado con éxito más de 3.000 solicitudes de empresas. ¡Conoce todo lo que podemos ofrecer!
Preguntas frecuentes sobre el cálculo y aplicación de la cuota legal de discapacidad
Comprender el alcance de las obligaciones legales en materia de diversidad es el primer paso para que las direcciones corporativas construyan estrategias de talento seguras. Al indagar sobre qué es la lismi y su evolución hacia la actual legislación, encontramos que el Estado español diseñó este marco normativo para asegurar que el desarrollo del mercado de trabajo no excluya bajo ninguna circunstancia a los colectivos más vulnerables.
Esta regulación, conocida también como la ley lismi, afecta de forma ineludible a todas las empresas públicas y privadas que alcancen o superen el medio centenar de trabajadores en su plantilla global. Determinar si una corporación se encuentra sujeta a este mandato requiere auditar exhaustivamente el volumen de personal contratado, independientemente de la distribución geográfica de sus oficinas o de los distintos centros operativos que mantenga en activo
Para evitar sanciones, las gerencias deben asegurar el cumplimiento lismi acudiendo a canales oficiales y consultoras especializadas que dominan a la perfección este ecosistema legal. Las organizaciones que lideran el mercado suelen apoyarse en instituciones que brindan información y orientación experta para navegar estas exigencias burocráticas con total tranquilidad y convertir este requisito en una verdadera ventaja competitiva.
Comprender el alcance de las obligaciones legales en materia de diversidad es el primer paso para que las direcciones corporativas construyan estrategias de talento seguras. Al indagar sobre qué es la lismi y su evolución hacia la actual legislación, encontramos que el Estado español diseñó este marco normativo para asegurar que el desarrollo del mercado de trabajo no excluya bajo ninguna circunstancia a los colectivos más vulnerables.
Esta regulación, conocida también como la ley lismi, afecta de forma ineludible a todas las empresas públicas y privadas que alcancen o superen el medio centenar de trabajadores en su plantilla global. Determinar si una corporación se encuentra sujeta a este mandato requiere auditar exhaustivamente el volumen de personal contratado, independientemente de la distribución geográfica de sus oficinas o de los distintos centros operativos que mantenga en activo.
Para evitar sanciones, las gerencias deben asegurar el cumplimiento lismi acudiendo a canales oficiales y consultoras especializadas que dominan a la perfección este ecosistema legal. Las organizaciones que lideran el mercado suelen apoyarse en instituciones que brindan información y orientación experta para navegar estas exigencias burocráticas con total tranquilidad y convertir este requisito en una verdadera ventaja competitiva.
La fijación de porcentajes obligatorios de contratación actúa como un mecanismo estabilizador que obliga al tejido productivo a ser un promotor activo de la inclusión. Una vez que la dirección ha determinado la base de cálculo de su nómina, debe aplicar el mandato de reserva que exige la lismi discapacidad, garantizando así un equilibrio social que mejora enormemente la convivencia y la empatía dentro del entorno corporativo.
La legislación requiere que el dos por ciento de las vacantes empresariales sea cubierto por personas que cuenten con un grado de limitación certificado igual o superior al treinta y tres por ciento. Al aplicar esta multiplicación sobre el total de empleados, es sumamente habitual obtener cifras con decimales, situación ante la cual la norma permite realizar un redondeo a la baja para determinar el número exacto de profesionales a incorporar.
Por ejemplo, si una firma contabiliza ciento treinta operarios, la regla matemática arroja un resultado de dos coma seis, lo que legalmente se traduce en la obligación de integrar a dos colaboradores diversos. Las compañías que deciden ejecutar estas absorciones directas alcanzan niveles de calidad y excelencia corporativa insuperables, apoyándose frecuentemente en programas enfocados al fomento del empleo con apoyo para asegurar un proceso impecable.
El ecosistema de negocios enfrenta constantemente retos logísticos, técnicos y económicos que pueden obstaculizar temporalmente la expansión de sus planillas. El marco jurídico comprende que la rigidez absoluta puede asfixiar operativamente a las empresas, por lo que ha diseñado vías compensatorias que permiten acatar la ley lismi sin forzar incorporaciones inviables para las líneas de producción o las cuentas de resultados.
Cuando la demanda de empleo en el mercado supera ampliamente la oferta de perfiles específicos o existen causas organizativas justificables, las gerencias pueden tramitar un certificado de excepcionalidad ante la administración estatal. Una vez validada esta exención oficial, la empresa queda habilitada para recurrir a una prestacion lismi alternativa que canaliza la inversión exigida hacia entidades de iniciativa social o centros de trabajo protegido debidamente autorizados.
Entre las opciones más elegidas por la alta dirección destaca la externalización de servicios secundarios o el suministro logístico integral, logrando transformar un deber burocrático en una operación altamente eficiente. Delegar funciones administrativas a través de un modelo seguro de outsourcing corporativo permite a las corporaciones cumplir con la ley mientras confían sus procesos a entidades que apuestan por la innovación y el desarrollo tecnológico responsable.
La transparencia financiera es indispensable para que las políticas de integración mantengan su credibilidad ante el mercado y las autoridades competentes. La regulación vigente establece indicadores macroeconómicos estandarizados para transformar el déficit de contratación en una exigencia económica medible, asegurando que todas las prestaciones lismi se apliquen con criterios objetivos, justos y totalmente proporcionales al volumen de cada organización.
Para ejecutar contratos mercantiles con centros de empleo protegido, la norma dicta que el valor del acuerdo anual debe ser tres veces el indicador público de renta de efectos múltiples calculado en doce pagas por cada puesto no cubierto. Esta fórmula matemática dota de seguridad jurídica a la junta directiva a la hora de aprobar la compra de suministros corporativos o la externalización de labores a través del ensamblaje y empaquetado a granel.
En el caso de que la dirección prefiera el mecenazgo mediante donaciones, el importe exigido desciende a una vez y media el citado indicador económico por cada vacante faltante. Estos aportes financieros se reinvierten íntegramente en proyectos vitales, permitiendo que la inversión de la compañía sostenga espacios terapéuticos y financie iniciativas formativas clave destinadas a preparar la transición hacia la vida adulta de los colectivos más vulnerables.

