Las personas que cuentan con un certificado que acredita un 33% o más de discapacidad pueden beneficiarse de desgravaciones en la renta familiar, deducciones en la adquisición de la vivienda y los planes de pensiones, además de otros tipos de descuentos y ayudas. Pero este certificado también tiene repercusiones para las empresas empleadoras. ¿Quieres saber cuáles? Te lo contamos.
Si alguna vez has visto ofertas exclusivas para personas con discapacidad en alguna plataforma de búsqueda de empleo, seguramente hayas reparado en que suelen solicitar un grado o porcentaje de discapacidad igual o superior al 33%.
Esto es así porque para obtener beneficios fiscales y para que la contratación de personas con discapacidad compute a efectos de la Ley General de Discapacidad (LGD) el certificado de la persona contratada debe reconocer al menos un 33% de discapacidad. Por debajo de esa cifra, no existen bonificaciones y ayudas para las empresas, ya que la discapacidad se reconoce a estos efectos a partir de un grado del 33%.
Así, un certificado de discapacidad que sea menor al 33% no conlleva ninguna prestación económica, ni para las personas ni para las empresas.
La valoración del porcentaje de discapacidad se regula por el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, modificado posteriormente por el Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, que establece un baremo de valoración de las situaciones de dependencia.
Porcentaje de 0% de discapacidad: se considera una discapacidad nula.
Porcentaje de discapacidad del 1 al 24%: coindice con la discapacidad leve.
Porcentaje de discapacidad del 25 al 49%: corresponde a la discapacidad moderada. Como hemos indicado, las personas con un porcentaje menor al 33% no tendrán la consideración legal de personas con discapacidad.
Porcentaje de discapacidad del 50 al 70%: se considera una discapacidad grave. A partir de una valoración del 65%, la persona tiene derecho a una pensión no contributiva.
Porcentaje de discapacidad del igual o mayor al 75%: se considera una gran discapacidad.
Las empresas con 50 o más empleados deben reservar un 2% de los puestos en plantilla para personas con discapacidad o, en su defecto, recurrir a una de las Medidas Alternativas.
Las empresas con menos de 50 empleados no están en esta obligación, pero la contratación de personas con discapacidad les permite disfrutar igualmente de muchos incentivos, como:
Subvenciones por contrato.
Bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social.
Deducciones sobre el Impuesto de Sociedades.
Subvenciones para adaptación de puestos.
Además de todo esto, contratar trabajadores con discapacidad transforma las relaciones y el clima laboral, dando como resultado un ambiente de trabajo más abierto y productivo y una mejor imagen de empresa.
Si necesitas captar talento, ayuda para identificar qué puestos son susceptibles de ser cubiertos por personas con discapacidad o apoyo en el proceso de selección y contratación, ¡no dudes en contactarnos!