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Cuota discapacidad en las empresas: ¿cuál es? ¿cómo alcanzarla?

Escrito por Fundación Juan XXIII | 13/04/23 9:00

La Ley General de Discapacidad (LGD) tiene como objetivo principal garantizar la igualdad de oportunidades y los derechos de las personas con discapacidad, incluyendo el acceso al empleo. Una de las medidas que establece esta ley es la obligación para las empresas de cumplir cierta cuota de discapacidad en plantilla. En este post, te contamos cuándo es necesario cumplir con la cuota de discapacidad en una empresa, cuál es y cómo alcanzarla.

 

 

¿Cuál es la cuota de discapacidad en las empresas?

 

La cuota de discapacidad es el porcentaje mínimo de trabajadores con discapacidad que deben tener las empresas en su plantilla. En España, esta cuota es del 2%.

Es fácil determinar los puestos de trabajo que una empresa debe reservar para personas con discapacidad. Simplemente multiplica el número total de empleados por 0,02 y redondea hacia abajo, en caso de obtener decimales. También puedes utilizar nuestra calculadora LGD para realizar el cálculo de manera más sencilla.

Así, en empresas con menos de 50 trabajadores, no existe la obligación de contratar empleados con discapacidad, aunque puede hacerse igualmente, ya que tiene innumerables ventajas. Aplicando esta cuota, una empresa de 50 a 99 empleados debe contar al menos con un trabajador con discapacidad; una empresa de entre 100 a 149 empleados, con dos trabajadores con discapacidad; una empresa de 150 a 199 empleados debe contar al menos con tres trabajadores con discapacidad en plantilla; una empresa de 200 a 249 empleados debe tener en plantilla al menos a cuatro trabajadores con discapacidad; y así sucesivamente. 

 

¿Cuándo debo cumplir la cuota de discapacidad?

 

El porcentaje del 2% se aplica a empresas públicas o privadas que empleen a 50 o más trabajadores, independientemente del número de sedes, de que se encuentren en diferentes comunidades autónomas y de cualquiera que sea la forma de contratación laboral que vincule a los trabajadores de la empresa.  

Una de las primeras cuestiones a la hora de aplicar la cuota de discapacidad es el paso previo: determinar cuántos empleados tiene la empresa, para después poder aplicar el porcentaje del 2%.

Aunque, en principio, podría parecer una cuestión simple, puede resultar más complicada de lo previsto. No basta con contar el número de trabajadores que tiene la empresa en un momento determinado, sino que se debe calcular el promedio de “los 12 meses inmediatamente anteriores” que han sido empleados para la actividad profesional de la empresa.

Para realizar el promedio, hay que aplicar una serie de criterios técnicos marcados por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Por eso, si no sabes cómo hacerlo, solicitar asesoramiento especializado puede resultar muy interesante, ya que los incumplimientos de la Ley General de Discapacidad pueden ser infracciones graves y suponer importantes multas, la imposibilidad de contratar con la Administración Pública o la pérdida de ayudas oficiales y bonificaciones.

 

¿Cómo alcanzar la cuota de discapacidad?

 

Para alcanzar la cuota de discapacidad solo debes contratar de forma directa al número de personas con discapacidad que te corresponde, según el porcentaje del 2%. 

Para encontrar al mejor talento con discapacidad, puedes recurrir a una consultora de selección de personal, quien puede identificar puestos susceptibles de ser cubiertos por personas con algún tipo de discapacidad y llevar a cabo el posterior proceso de selección.

En FUNDACIÓN JUAN XXIII somos expertos en selección de personal y ponemos a tu disposición nuestro equipo de especialistas para encontrar y contratar al mejor talento. Contamos con una bolsa de empleo propia y ponemos a tu disposición nuestro equipo de especialistas en empleo, apoyos y discapacidad.

 

¿Qué pasa si no puedo cumplir con la cuota de discapacidad?

 

Cumplir con la cuota de discapacidad mediante la contratación directa es la modalidad preferente de cumplir con la normativa y, además, la más inclusiva, ya que ofrece a muchas personas la oportunidad de demostrar sus capacidades y talento dentro del mercado ordinario de trabajo.

No obstante, ante las dificultades que presentan algunas empresas para cumplir con la cuota de discapacidad del 2%, se reguló la llamada “excepcionalidad", que permite que las compañías que reúnan determinados requisitos puedan cumplir con la normativa mediante las Medidas Alternativas. Para eso, deben obtener una autorización previa de la Administración, que se recoge en el llamado certificado de excepcionalidad.

Una vez autorizada la excepcionalidad a una empresa, que tiene una duración máxima de tres años, las empresas pueden cumplir con la LGD mediante las siguientes modalidades:

 

  • Realización de un contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo (CEE) o con un trabajador autónomo con discapacidad para el suministro de bienes, o para la prestación de servicios ajenos a la actividad de la empresa. La cantidad económica de este contrato debe ser proporcional al número de trabajadores que correspondería contratar.

  • Realización de donaciones y acciones de patrocinio a entidades que trabajan por la inclusión laboral de personas con discapacidad, también por una cantidad económica proporcional al número de trabajadores que se deberían haber contratado.

  • Constitución de Enclaves Laborales de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero.

 

Es importante saber que las Medidas Alternativas son compatibles con la contratación directa de personas con discapacidad. De este modo, si una empresa debe contratar a tres personas con discapacidad, pero solo puede contratar a una (y así lo justifica correctamente ante las autoridades laborales), puede responder por las otras dos mediante estas medidas.

 

En FUNDACIÓN JUAN XXIII también podemos apoyar a las empresas en el cumplimiento de la Ley General de Discapacidad mediante las Medidas Alternativas.

Por último, es importante destacar que el cumplimiento de Ley General de Discapacidad no solo es una obligación legal, sino también una oportunidad para las empresas de fomentar la inclusión social y la diversidad en su plantilla

Las personas con discapacidad aportan talento, capacidad de superación, una visión única al mundo laboral y permiten construir una cultura corporativa más abierta, con menos prejuicios y que está en sintonía con la sociedad, que también es diversa. En definitiva, una empresa más competitiva.