Guía de compliance empresarial para el cumplimiento LISMI

| por Fundación Juan XXIII

Seguramente hayas escuchado en alguna ocasión el término ‘compliance’ sin saber de qué se trata, cómo se aplica o cuáles son los beneficios de ello. Por eso,  en este post vamos a comentarte qué es compliance y por qué debes tenerlo presente en tu negocio.

 

Cultura Corporativa

¿Qué es el Compliance?

 

Gestión y Prevención: Identificación proactiva de riesgos legales y operativos antes de que ocurran.

 

Estándares Éticos: Establecimiento de códigos de conducta y vigilancia para proteger la estabilidad de la empresa.

 

Eximente de Responsabilidad: Única vía legal para proteger a la empresa frente a delitos cometidos en su seno.

¿Qué es el compliance corporativo y el cumplimiento normativo?

Compliance es un término que se refiere al cumplimiento de las normas, tanto internas como externas, establecidas por una empresa, entidad o ente público. 

Consiste en un conjunto de buenas prácticas y procedimientos que puede adoptar tu negocio para identificar y clasificar los riesgos legales y operativos a los que te enfrentas, mediante la creación de mecanismos internos de gestión, prevención, control y reacción frente a estos. 

Así, el compliance es un modelo de organización y gestión que tiene el fin de proteger a la empresa de posibles situaciones de riesgo que podrían afectar a su continuidad o a la estabilidad de su actividad. Incluye el cumplimiento normativo, pero también estándares éticos y de conducta o la puesta en marcha de mecanismos de vigilancia.

La comunidad internacional tiene varios estándares de compliance, como la norma ISO 19600 o la UNE 19601. En la norma UNE-ISO 37001 se desarrolla un sistema de gestión de lucha contra el soborno.

Aunque el compliance no es técnicamente obligatorio, según establece el Código Penal, sí es la única manera en la que una empresa puede quedar eximida de responsabilidad si se comete un delito en su seno. 

01

Protección Legal

Reducción drástica del riesgo de sanciones, multas, demandas, inhabilitaciones y otras consecuencias jurídicas indeseadas para la directiva.

02

Reputación y Confianza

Una empresa transparente genera una mejor imagen de marca, atrayendo mejores clientes, fidelizando proveedores y fortaleciendo el Employer Branding.

03

Productividad Segura

Mejora continua en las operaciones internas, garantizando entornos de trabajo seguros que disminuyen la accidentabilidad y las bajas laborales.

¿Cuáles son los beneficios del compliance para tu empresa?

El entorno legislativo en el que los negocios desarrollan sus actividades es cada vez más complejo y las autoridades y organismos regulatorios están pendientes de que las normas se cumplan. Si no prestas atención, algunos de los riesgos a los que se puede enfrentar tu empresa son: posibles multas, sanciones, daño reputacional, contratos no ejecutables o exclusión en subvenciones públicas o licitaciones, entre otros.

Algunos beneficios para la empresa de realizar compliance son:

  • Menos problemas legales, o ninguno, reduciendo así el riesgo de sanciones, multas, demandas, cierre de negocio y otras consecuencias no deseadas.

  • Mejor imagen de tu empresa y confianza en ella por parte de clientes, proveedores y trabajadores, lo que hace que tu empresa crezca, sea más competitiva y pueda incrementar sus beneficios empresariales.

  • Mayor seguridad y mejores operaciones de negocio, lo que favorece también un mayor rendimiento y productividad en el trabajo. Se reducen asimismo los accidentes laborales, lesiones, bajas laborales, etc.

81%
Incumplimiento

El riesgo del desconocimiento

Integrar la Ley General de Discapacidad dentro de los planes de Compliance previene multas severas. El desconocimiento de la norma, los prejuicios o la falta de asesoría especializada no eximen a las empresas de su responsabilidad legal.

¿Cómo vigila el compliance a la ley LISMI y la cuota del 2%?

El compliance es importante porque significa tomar medidas de vigilancia activa. De este modo, además de prevenir problemas y fraudes, la empresa se asegura de que se cumple toda la normativa vigente ya que, aunque te cueste creerlo, muchas empresas no cumplen con algunas leyes por desconocimiento (aunque eso no las exime de sus responsabilidades). 

Un ejemplo de ello es la Ley General de Discapacidad, que obliga a las empresas de 50 o más empleados a que al menos el 2% de su plantilla esté constituida por empleados con discapacidad o, en su defecto, recurrir a una de las llamadas medidas alternativas. Y, sin embargo, son muchas las empresas que desconocen la normativa y no la aplican. 

Cuarenta años después después de que se regulara por primera vez esta obligación en la LISMI (más tarde convertida en la Ley General de Discapacidad) los últimos datos indican muchas empresas en España, principalmente pymes, no la están cumpliendo. Los últimos datos, de 2016, sitúan el porcentaje de incumplimiento en un 81%.

Las causas alegadas van desde el desconocimiento a la dificultad de selección de personal con discapacidad, pasando por los miedos y prejuicios

Si, en tu proceso de compliance, detectas un incumplimiento de la Ley General de Discapacidad o no estás seguro de cómo se aplica, puedes contactar con FUNDACIÓN JUAN XXIII

En la Fundación, ayudamos a las empresas a cumplir con esta normativa a la vez que trabajamos día a día para mejorar la inclusión laboral de las personas con discapacidad, a través de iniciativas como nuestro Centro Especial de Empleo o nuestro Centro de Formación. De este modo, las personas con discapacidad logran un empleo de calidad que les permite desarrollar su autonomía y trazar su propio plan de vida.

Además, reinvertimos todos nuestros beneficios en nuestras actividades, apoyando también  a las personas con discapacidades graves y moderadas desde nuestro Centro de Día y Centro Ocupacional. Juntos, podemos hacer que nadie se quede atrás.

Fuentes y referencias

Base legal y estándares internacionales sobre cumplimiento corporativo y exención de responsabilidad

1
Código Penal

Boletín Oficial del Estado (BOE) — Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas

Ley Orgánica 1/2015. Esta reforma del Código Penal (Art. 31 bis) establece que las empresas pueden ser eximidas de responsabilidad penal si acreditan haber implementado modelos eficaces de organización y gestión (Compliance).

Consultar texto legal (BOE)
2
Estándares Internacionales

AENOR / UNE — Certificación de Compliance y Buen Gobierno

Portal oficial de la entidad certificadora en España que detalla los estándares corporativos internacionales para Sistemas de Gestión de Compliance (UNE-ISO 37301) y sistemas de gestión antisoborno (UNE-ISO 37001).

Ver certificaciones oficiales
3
Cumplimiento LGD

Boletín Oficial del Estado (BOE) — Ley General de Discapacidad

Real Decreto Legislativo 1/2013. Obligación legal que forma parte ineludible de cualquier auditoría de compliance laboral, exigiendo la cuota de reserva del 2% para empresas con plantillas a partir de 50 trabajadores.

Consultar texto refundido (BOE)

Preguntas frecuentes sobre compliance corporativo y la LISMI

El entorno legislativo y regulatorio en el que operan las organizaciones modernas exige un rigor organizativo cada vez mayor. A medida que las estructuras corporativas crecen y diversifican sus operaciones, la necesidad de establecer marcos internos que aseguren la transparencia y el alineamiento con las normativas estatales se convierte en una prioridad ineludible para las juntas directivas.

 

En este contexto, el concepto hace referencia a un modelo de gestión diseñado minuciosamente para garantizar el acatamiento estricto de las normas internas y externas de una entidad. Consiste en implementar un conjunto de buenas prácticas y procedimientos que permiten identificar, clasificar y mitigar los riesgos operativos y legales a los que se enfrenta un negocio, una labor que se alinea perfectamente con la estrategia de sostenibilidad y responsabilidad social corporativa de las compañías más avanzadas.

 

Más allá de acatar las leyes, esta metodología abarca la adopción de altos estándares éticos y mecanismos de vigilancia regidos por normas internacionales certificadas, tales como las normas ISO diecinueve mil seiscientos o la treinta y siete mil uno contra el soborno. Construir este nivel de excelencia corporativa no solo protege la continuidad de la actividad, sino que prepara el terreno para que los directivos conozcan a fondo qué hacemos las entidades sociales para ayudarles a mantener este ecosistema normativo en perfecto equilibrio.

La inversión en sistemas de vigilancia activa y auditoría interna suele percibirse inicialmente como un desafío administrativo por parte de las direcciones de operaciones. Sin embargo, la estructuración metódica de los procesos organizativos es una palanca de crecimiento indispensable para asegurar la sostenibilidad y la ventaja competitiva en mercados que se encuentran altamente vigilados por las autoridades gubernamentales.

 

Adoptar este modelo organizativo reduce drásticamente la exposición a consecuencias indeseadas, tales como sanciones económicas, demandas o la temida exclusión de licitaciones y subvenciones públicas. Al blindar jurídicamente sus operaciones, las compañías pueden proyectar sus inversiones sociales de manera segura, asegurando que cada decisión cuente con el respaldo de altos estándares de calidad y excelencia en su ejecución diaria.

 

En el plano de los activos intangibles, la adopción de estas medidas mejora sustancialmente la imagen corporativa, generando una confianza absoluta entre clientes, proveedores y trabajadores. Esta cultura de seguridad previene accidentes e incrementa el rendimiento laboral, un entorno óptimo que se puede fortalecer aún más apoyándose en programas de capacitación y formación corporativa diseñados para elevar el nivel técnico y ético de toda la plantilla.

El código penal español establece responsabilidades muy severas frente a las irregularidades que puedan cometerse en el seno de las organizaciones empresariales. Proteger el patrimonio y la reputación de la compañía exige que los administradores asuman un rol completamente proactivo en la prevención del fraude y la detección temprana de malas prácticas dentro de sus equipos de trabajo a todos los niveles.

 

Aunque la instauración de estos programas de control ético no siempre tiene un carácter técnicamente obligatorio para todas las sociedades, la legislación reconoce que contar con mecanismos de vigilancia eficaces es la única vía legal para eximir de responsabilidad a la corporación si se produce un delito en sus instalaciones. Demostrar que se han tomado todas las medidas de vigilancia activa posibles marca la diferencia entre el archivo de una causa legal y el cierre definitivo de un negocio, un proceso que requiere contar con el respaldo de un equipo de profesionales expertos en la materia.

 

Para asegurar que este control ético abarque la máxima responsabilidad civil y social, las empresas suelen respaldarse en auditorías constantes que evalúan su grado de madurez organizativa. Superar estas revisiones permite a las direcciones de recursos humanos derivar con tranquilidad operaciones críticas hacia entidades autorizadas, externalizando áreas logísticas a través de modelos de outsourcing de servicios corporativos que garantizan el cumplimiento absoluto de cualquier ley aplicable.

La ignorancia de las leyes no exime a ninguna entidad de su estricto cumplimiento, un principio jurídico inquebrantable que las gerencias deben aplicar a todas sus políticas de expansión y reclutamiento. A lo largo de la historia, las inspecciones laborales han detectado que una inmensa parte de las infracciones provienen del puro desconocimiento administrativo y no de una intención deliberada de evadir responsabilidades frente al Estado.

 

Un sistema de vigilancia óptimo detecta de inmediato cualquier desviación respecto a la obligación ineludible de reservar el dos por ciento de las contrataciones en organizaciones con cincuenta empleados o más. Las estadísticas reflejan que el ochenta y un por ciento de las empresas, principalmente pequeñas y medianas, incumplían esta norma en el año dos mil dieciséis, un riesgo que hoy se puede mitigar apoyándose en la información sobre la ley de inclusión disponible para el sector privado.

 

Detectar este déficit normativo a tiempo permite a la corporación subsanar los errores operativos generados por prejuicios infundados o por dificultades puntuales en la selección de personal diverso. Tras identificar el problema en la auditoría interna, la dirección puede trazar una estrategia correctiva impecable integrando talento mediante el fomento del empleo con apoyo, alineando así su estatus legal con una labor social de altísimo impacto.

Las auditorías internas periódicas son ejercicios de transparencia vitales que revelan el estado de salud verdadero de las políticas corporativas. En ocasiones, la revisión exhaustiva de los expedientes laborales expone vacíos históricos en la incorporación de talento diverso, situando a la compañía en un escenario de altísima vulnerabilidad ante las inspecciones de los organismos públicos competentes.

 

Cuando los mecanismos de control advierten que la empresa no está aplicando la legislación de manera correcta, la primera acción debe ser buscar acompañamiento especializado con una trayectoria comprobada para regularizar la situación. Asociarse con una institución sólida garantiza que las medidas correctivas, ya sea mediante contrataciones directas o vías compensatorias, financien directamente el cuidado en instalaciones especializadas como los centros de atención diurna para personas con grandes necesidades de apoyo.

 

A través de este respaldo experto continuo, las organizaciones no solo resuelven su contingencia legal, sino que aseguran que su inversión fomente un progreso real en la comunidad. Las entidades de iniciativa social reinvierten estos fondos corporativos en mejorar la vida de los colectivos más vulnerables, impulsando programas orientados a la transición hacia la vida adulta y demostrando que un correcto modelo de vigilancia empresarial puede transformar de raíz la sociedad.

 

 

 

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